¿Qué pasa si el empleador no denuncia tu accidente de trabajo?

Los accidentes laborales son una realidad que puede afectar a cualquier trabajador, independientemente del rubro o actividad que desempeñe. En Argentina, el sistema de riesgos del trabajo está diseñado para garantizar que, en caso de accidente o enfermedad profesional, el trabajador reciba la asistencia médica, económica y legal necesaria para enfrentar la situación. Sin embargo, este sistema se ve comprometido cuando el empleador no cumple con su obligación de denunciar el accidente a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), generando incertidumbre y desprotección para el trabajador.

Hoy exploraremos en profundidad qué es un accidente de trabajo, cuáles son los plazos y procedimientos para denunciarlo, y qué ocurre cuando el empleador no cumple con esta obligación. Además, te brindaremos información sobre cómo proceder en estas situaciones, las responsabilidades legales de las partes involucradas y las opciones disponibles para proteger tus derechos como trabajador.

¿Qué es un accidente de trabajo?

Un accidente de trabajo es cualquier acontecimiento súbito y violento ocurrido por el trabajo o en ocasión del mismo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo, siempre y cuando el damnificado no hubiere interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo.

Este concepto está regulado por la Ley de Riesgos del Trabajo en Argentina (Ley N.º 24.557), que busca proteger a los trabajadores ante situaciones que afecten su salud en el ámbito laboral o durante el desarrollo de actividades relacionadas con el empleo.

Tipos de accidentes de trabajo

Los accidentes laborales pueden clasificarse en:

  • Accidentes Típicos: Son aquellos que ocurren en el lugar y horario de trabajo, como una caída, un corte o un golpe con maquinaria.
  • Accidentes In Itinere: Ocurren durante el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo, siempre que el recorrido sea el habitual y directo.

Diferencia entre accidente de trabajo y enfermedad profesional

Aunque tanto los accidentes de trabajo como las enfermedades profesionales están relacionados con la actividad laboral, existen diferencias clave entre ambos conceptos que afectan su origen, reconocimiento y tratamiento dentro del marco legal.

Un accidente de trabajo es un evento súbito e inesperado que ocurre por la actividad laboral o en ocasión de la misma, o durante el trayecto hacia o desde el lugar de trabajo (accidente in itinere). Por ejemplo:

  • Una caída mientras se manipula maquinaria.
  • Una lesión por resbalón en el lugar de trabajo.
  • Un accidente de tránsito en el camino al empleo.

Características principales:

  1. Inmediatez: Los daños se manifiestan de forma inmediata o en un corto periodo tras el incidente.
  2. Causalidad directa: Existe una relación clara y directa entre el evento y la actividad laboral.
  3. Tratamiento y denuncia: La atención médica es inmediata, y el accidente debe ser notificado a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).

Por otro lado, una enfermedad profesional es una condición de salud que surge de manera gradual y progresiva debido a la exposición a factores de riesgo específicos del entorno laboral. Estas enfermedades suelen estar relacionadas con actividades repetitivas, exposición a sustancias químicas o condiciones laborales desfavorables. Ejemplos:

  • Neumoconiosis por inhalación de polvo en minería.
  • Síndrome del túnel carpiano en trabajadores que realizan movimientos repetitivos.
  • Hipoacusia por exposición prolongada a ruidos intensos en fábricas.

Características principales:

  1. Evolución lenta: Los síntomas suelen aparecer después de un periodo prolongado de exposición.
  2. Multicausalidad: Puede ser difícil establecer una relación directa y exclusiva entre la enfermedad y el trabajo, ya que otros factores pueden influir.
  3. Listado oficial: En Argentina, para ser reconocida como enfermedad profesional, la condición debe estar incluida en el listado oficial establecido por la Ley N.º 24.557. En caso contrario, es necesario probar la causa directa e inmediata ante la Comisión Médica.

La Ley de Riesgos del Trabajo contempla ambas contingencias (accidentes y enfermedades profesionales) y garantiza al trabajador la cobertura médica, rehabilitación y compensación económica necesarias. Sin embargo, las enfermedades profesionales pueden requerir estudios adicionales para ser reconocidas, mientras que los accidentes suelen ser más evidentes y directos.

Accidentes laborales y patologías preexistentes

Las patologías preexistentes son condiciones médicas, físicas o psicológicas que el trabajador poseía antes de sufrir un accidente laboral. Estas pueden ser enfermedades crónicas, lesiones antiguas o cualquier otra condición diagnosticada o no antes del evento laboral. Ejemplos incluyen:

  • Hipertensión arterial.
  • Hernias discales preexistentes.
  • Artritis o enfermedades articulares.

Están excluidos de la Ley de Riesgos del Trabajo:

a) Los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales causados por dolo del trabajador o por fuerza mayor extraña al trabajo;

b) Las incapacidades del trabajador preexistentes al inicio de la relación laboral y acreditadas en el examen preocupacional efectuado según las pautas establecidas por la autoridad de aplicación.

Sin embargo, un accidente de trabajo puede desencadenar o agravar una patología preexistente. En estos casos, la ley exige evaluar si el accidente fue la causa directa de la agravación y hasta qué punto esta afectó al trabajador. Por ejemplo:

  • Un empleado con una hernia discal previa que sufre un accidente al levantar un objeto pesado puede experimentar un agravamiento significativo de su condición.
  • Una persona con hipertensión que sufre un evento traumático laboral podría presentar complicaciones cardíacas relacionadas.

Demostrar que el accidente laboral agravó una patología preexistente puede ser complejo, especialmente si no hay registros médicos previos o si la condición no estaba diagnosticada. Pueden surgir disputas entre el trabajador, la ART y el empleador respecto a la proporción de responsabilidad o la existencia de la patología previa. Por eso, es esencial el asesoramiento junto a un estudio jurídico.

Plazo para denunciar un accidente de trabajo

Al ocurrir el accidente o tomar conocimiento del mismo, el trabajador o el empleador deben denunciarlo a la aseguradora de riesgos del trabajo (ART).

La rapidez en la notificación es esencial para activar la cobertura médica y las compensaciones correspondientes.

Existen también casos donde el accidente no presenta síntomas inmediatos, y la denuncia se debe realizar tan pronto como se percaten de los efectos. En este caso, el trabajador demora en darse cuenta de que la lesión tiene relación con el accidente.

No cumplir con la denuncia puede resultar en pérdida de derechos de compensación, como la cobertura médica y la indemnización por pérdida de ingresos. En algunos casos, si el accidente no se reporta a tiempo, la ART podría no asumir la responsabilidad, lo que puede dificultar la obtención de los beneficios.

¿Qué sucede si el empleador no denuncia un accidente de trabajo?

Si el empleador no denuncia un accidente de trabajo dentro del plazo estipulado por la ley, se pueden generar varias consecuencias graves tanto para el trabajador como para el empleador.

En primer lugar, la aseguradora de riesgos del trabajo (ART) podría no hacerse responsable de la cobertura médica o las indemnizaciones correspondientes, lo que dejaría al trabajador sin el respaldo necesario para su tratamiento o compensación económica. Esto significa que el empleado tendría que cubrir los costos médicos y otros gastos derivados del accidente por su cuenta, lo que podría generar una gran carga económica.

Además, si la ART no recibe la denuncia a tiempo, el trabajador podría perder derechos importantes, como la reparación de los daños sufridos o la compensación por incapacidad laboral temporal o permanente. En situaciones más graves, como accidentes que resultan en la muerte del trabajador, la falta de denuncia puede impedir que se otorgue a los familiares la compensación correspondiente.

Desde el punto de vista legal, si el empleador no denuncia el accidente, puede incurrir en una falta administrativa. Esto podría derivar en sanciones, como multas, que varían según la legislación vigente en cada país o jurisdicción. En algunos casos, si se demuestra que la omisión fue intencional, el empleador podría ser responsabilizado penalmente por el incumplimiento de sus obligaciones.

Derechos del trabajador

Es importante destacar que, incluso si el empleador no realiza la denuncia, el trabajador tiene el derecho de hacerlo por su cuenta. El trabajador puede reportar el accidente directamente a la ART por teléfono, por telegrama gratuito, por una nota en alguna sede de la aseguradora, o también en los prestadores médicos de la ART.

Si la ART se niega a tomar la denuncia el trabajador debe realizarla a través de una notificación fehaciente, mediante el envío de telegrama laboral (gratuito). Te recomendamos que te asesores con un abogado especialista en derecho laboral para la redacción del telegrama.

Plazos ART.

A partir de la recepción de la denuncia, la ART tiene un plazo de diez (10) días hábiles para rechazar el accidente o enfermedad profesional, pudiendo extender este plazo por otros diez (10) días hábiles, siempre que le notifique al trabajador que hará uso de este nuevo periodo. Si durante ese tiempo la ART no le notifica el rechazo, queda obligada a brindarle todas las prestaciones de la ley.

Atención médica y tratamiento

El trabajador tiene derecho a recibir atención médica inmediata, incluso si el empleador no denuncia el accidente ante la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).

La ART debe tomar los recaudos para garantizar asistencia médica, farmacológica, prótesis, órtesis o rehabilitación que sean necesarias, sin límites y en forma totalmente gratuita.

Transcurridos tres días de efectuada la denuncia, si la ART no rechazó el caso pero tampoco brinda atención médica, el trabajador puede iniciar un trámite ante la Comisión Médica por Silencio de la ART.

Traslados

Además debe reintegrar el costo del traslado en transporte público, hacia y desde el prestador médico. En caso de necesitar otro tipo de traslado, el mismo debe ser indicado por el médico tratante y cubierto obligatoriamente por la ART.

Si tuviera que concurrir a citaciones en las CCMM, CMC, Justicia Federal, organismos laborales habilitados y también a los prestadores médicos que efectúan los estudios complementarios, la ART debe pagar los gastos de traslado ida y vuelta, excepto si rechazó el accidente o enfermedad profesional. Además, y si correspondiese, abonará el alojamiento y alimentación durante el tiempo que el trabajador deba estar a disposición de dichas entidades. En caso de que la ART le hubiera rechazado el accidente o la enfermedad profesional, no estará cubierto el traslado, pero si la Comisión Médica dictamina a favor del trabajador, la ART deberá reintegrarle los gastos.

Compensación económica

Si el accidente causa incapacidad temporal o permanente, el trabajador tiene derecho a recibir una compensación por los salarios perdidos, de acuerdo con el grado de incapacidad determinado. Esta compensación debe ser cubierta por la ART. En caso de que el empleador no haya denunciado el accidente, el trabajador puede recurrir a otras instancias legales para reclamar la compensación correspondiente.

Indemnización por incapacidad permanente

Si como consecuencia del accidente el trabajador queda con secuelas permanentes que afectan su capacidad para trabajar, tiene derecho a una indemnización acorde con el grado de incapacidad. Si el empleador no realiza la denuncia, el trabajador aún puede exigir esta indemnización a través de la ART o incluso mediante una demanda judicial contra el empleador.

Pagos mensuales

Los pagos que el trabajador debe recibir mientras no pueda trabajar estarán a cargo de su empleador los primeros diez (10) días (contados a partir del día siguiente a la fecha del accidente o de la primera manifestación invalidante) y a partir del décimo primer día los pagos corren por cuenta de la ART.

Protección legal

En caso de que el empleador haya actuado de manera negligente, el trabajador puede reclamar mediante vías judiciales. La falta de denuncia del accidente o de la gestión de las consecuencias de este puede ser considerada una infracción por parte del empleador, lo que podría resultar en sanciones legales o multas. El trabajador tiene derecho a recurrir a la justicia laboral para que se reconozcan sus derechos y recibir compensaciones por los daños sufridos.

Denuncia ante organismos competentes

Si el empleador no denuncia el accidente de trabajo, el trabajador tiene la posibilidad de presentar una denuncia ante los organismos laborales o ante la propia ART.

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